Condiciones B2B y facturación intra-UE
al-por-mayor.online opera exclusivamente con empresas. Aquí explicamos cómo facturamos a cada tipo de cliente según su país y VAT.
Empresas con VAT intracomunitario válido (resto de UE)
Si tu empresa está establecida en un país de la UE distinto de España y tienes VAT intracomunitario válido y verificado en VIES, la factura se emite sin IVA bajo el régimen de entregas intracomunitarias de bienes (artículo 25 de la Ley del IVA española).
- Validamos tu VAT en VIES automáticamente en el registro y antes de facturar.
- Factura con la indicación "Operación intracomunitaria exenta de IVA".
- Tú aplicas la autoliquidación del IVA en tu país (reverse charge).
Empresas en España
Si tu empresa está establecida en España, facturamos con IVA español estándar (21 %), que puedes deducir en tu declaración trimestral.
Empresas en Canarias, Ceuta o Melilla
Las operaciones con territorios forales se facturan sin IVA peninsular. En Canarias se aplica IGIC/AIEM a la entrada. En Ceuta/Melilla se aplica IPSI según la normativa local.
Empresas fuera de la UE (exportación)
Facturación sin IVA como operación de exportación. Requerimos documentos aduaneros que justifiquen la salida de mercancía de territorio UE.
Requisitos documentales
- VAT o identificación fiscal válida del país del cliente.
- Certificado de revendedor (PDF) subido en el registro.
- Información sobre destino final de la mercancía y, en exportación, datos logísticos.
Plazos y condiciones de pago
Primer pedido: pago anticipado por transferencia o pasarela (incluye opción cripto vía CryptoPay). A partir del segundo pedido y según volumen, se puede acordar pago a 15–30 días previa evaluación crediticia.
Soporte
Dudas fiscales o administrativas: admin@al-por-mayor.online
Alta de cuenta: b2b@al-por-mayor.online
